Cálculo de Jubilación
un servicio de la Planilla ORO del SUTESUAEM:
Escribe con números en
la primer celda tu salario integrado que es tu sueldo quincenal mas
prestaciones, es decir, al sueldo quincenal súmale las siguientes
prestaciones quincenales: Ayuda de despensa, Fondo de ahorro, Ayuda
de transporte calculado a la quincena.
Oprime el botón 1 y el
resultado del Sueldo diario integrado aparecerá en la celda de abajo
que dice con letras azules Sueldo diario integrado.
Anota tu antigüedad
colocando en la celda de años el número de años efectivos de trabajo
que tengas a la fecha en que piensas jubilarte y en la celda de
meses el número de meses que tengas a la fecha en que te pienses
jubilar.
Cuando aprietes el
botón identificado con el número 2, el resultado aparecerá en la
celda denominada Total de días para pago de Prima, que resulta de
multiplicar los años de servicio por el número de días que son 18 y
que están pactados en la Cláusula 19 del Contrato Colectivo de
Trabajo.
Si oprimes el botón
identificado con el número 3 obtienes el pago de tu prima de
antigüedad que resulta de multiplicar el Total de días por tu Sueldo
diario integrado.
De los botones 4, 5 y
6, "sólo debes escoger uno" el que
corresponda a la antigüedad que tengas a la fecha en que pienses
jubilarte. Esta cantidad que aparece corresponde a la gratificación
pactada en la (Cláusula 78) que cubre 7 quincenas a los trabajadores
con antigüedad entre 15 y 20 años; 9 quincenas con una antigüedad
entre 20 y 25 años; y, 13 quincenas para aquellos que cuenten con
una antigüedad de más de 25 años efectivos en la UAEM.
Ahora oprime el botón 7 si trabajaste más de seis
meses y te aparecerá tu aguinaldo completo, en el caso de que hayas
trabajado menos de seis meses no oprimas el botón 7 sino primero
escribe las quincenas trabajadas y luego oprime el botón 8.
Ahora oprime el botón 9 para calcular tus
vacaciones por antigüedad, luego el botón 10 para la prima
vacacional.
Finalmente oprime el botón 11 para saber el total de la
liquidación por jubilación que te corresponde.
Cláusulas que involucran el cálculo
Cláusula 19. La Institución se obliga a cubrir a
los trabajadores que renuncien a su trabajo, mueran, rescindan o se
les rescinda su contrato de trabajo, además de cualquier otra
prestación a la que tenga derecho, una prima de antigüedad
equivalente a 18 días de salario por cada año de servicio, siempre y
cuando en el caso de renuncia, tenga más de 13 años ininterrumpidos
de antigüedad.
Cláusula 78. Se cubrirá a los trabajadores
que se jubilen, independientemente de cualquier otra prestación a la
que tengan derecho, una gratificación en atención a su anti- güedad
conforme a la siguiente tabla:
a) De 15 a 20 años de
servicio, el importe de tres meses y medio de salario integrado.
b) De 20 a 25 años de
servicio, el importe de cuatro meses y medio de salario integrado.
c) De 25 años de
servicio en adelante, el importe de seis meses y medio de salario
integrado.
d) La UAEM se obliga a
cubrir a los trabajadores que se jubilen por inhabilitación,
independientemente de cualquier otra prestación a la que tengan
derecho, una gratificación de tres meses de salario integrado.
Deberá entenderse por inhabilitación lo establecido por la Ley del
ISSEMYM.
e) El trabajador
tendrá derecho a gozar de un permiso prejubilatorio con goce íntegro
de salario y prestaciones por 30 días a partir de la fecha que se
notifique a la UAEM el inicio de los trámites de jubilación ante el
ISSEMYM, pudiéndose prorrogar por 30 días más.
Las preguntas o los problemas sobre este sitio
Web deben dirigirse a
contacto@sutesuaem.org.
Secretario de Prensa y Propaganda: VÍCTOR MANUEL HERNÁNDEZ URIA.
Subsecretario de Prensa y Propaganda: FERNANDO ALBERTO TORRES MORALES.
Última modificación:
Wednesday, 10 de August de 2011 05:59:30 PM.